Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1109/2016-S2
Fecha: 03-Nov-2016
II.7.
II.7. A través de memorial presentado el 23 de agosto de 2016, consta que el accionante, Hugo Soliz, hizo conocer a la Sala Civil, Comercial y Familiar Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituido en Tribunal de garantías, que en la víspera de la citada fecha, fue reincorporado a su misma fuente laboral (fs. 50).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Teoría del hecho superado. Jurisprudencia reiterada
- III.3. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR