SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1113/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1113/2016-S2

Fecha: 03-Nov-2016

a)

Onecima Montaño Vda. de Melendres, en su condición de tercera interesada, en audiencia a través de sus abogados, manifestó que: a) Con referencia a la debida fundamentación, si bien hubo pruebas que no se presentaron en su debido momento, acompañando con la demanda, que no se hizo el juramento de desconocimiento, las etapas precluyen, se corrió en traslado para que objeten, al no hacerlo, el silencio otorga la verdad y dichos documentos fueron considerados en Sentencia; y, b) No cumple con el principio de congruencia, la parte accionante tenía el recurso de complementación y enmienda, no dando cumplimiento al art. 54 del Código Procesal Constitucional (CPCo), cual explica que se debe agotar las instancias y cumplir con el principio de subsidiariedad.