SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1113/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1113/2016-S2

Fecha: 03-Nov-2016

II.7.

II.7.  Cursa Auto de Vista 342, emitido por los ahora demandados, mediante el cual confirman la Sentencia de 15 de octubre de 2015; por tal motivo, se declaró probada la unión conyugal libre o de hecho, mencionando que:       a) Liduvina Zurita Rojas de Rojas, reprocha al juzgador, por no haber considerado que su padre Lucas Zurita Escobar, no tenía libertad de estado, por estar casado, sin considerar que su madre había fallecido el 21 de septiembre de 2005, por tal hecho su padre tenía libertad, que coincide con el contenido de los documentos de transferencia; b) La demandante, se resiste a aceptar la unión libre o de hecho, con argumentos de índole formal, como ser la presentación del certificado de defunción de su madre de manera extemporánea, sin cumplir formalidades; y, c) Por tales hechos, en 1995, fecha de la compra de la parcela, tenían relación, reputándose como existente desde la extinción del matrimonio; es decir, a partir de la fecha de fallecimiento de su madre, el 21 de septiembre de 2005, momento en el que su padre adquiere libertad de estado (fs. 133 y vta.).