SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1113/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1113/2016-S2

Fecha: 03-Nov-2016

II

La accionante manifiesta, que dentro de la demanda de reconocimiento de unión conyugal libre o de hecho, seguido por Onecima Montaño Vda. de Melendres contra la accionante, en calidad de hija de Lucas Zurita Escobar, determinando el Juez de Instrucción Mixto y cautelar de Samaipata, provincia Florida del departamento de Santa Cruz, mediante Sentencia de 15 de octubre de 2015, probada la demanda, estableciendo que entre Onecima Montaño Vda. de Melendres y Lucas Zurita Escobar, existió unión conyugal libre o de hecho, ante tal determinación la hoy accionante planteó recurso de apelación, mencionando que no consideró tanto los testigos de cargo como de descargo, que se introdujeron al proceso documentos como prueba de reciente obtención pese a que la demandante tenía conocimiento anterior, se introdujo prueba de reciente obtención sin el juramento de desconocimiento, no consideró el fallecimiento de sus padres, descontextualización del término concubinos, no se valoró la documentación presentada, tampoco las contradicciones de la demandante, que la partida de matrimonio nunca se canceló, resolviendo la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Violencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista 342 confirmar la Sentencia objeto de apelación, sin resolver todos los fundamentos planteados en el recurso de apelación, vulnerando el derecho al debido proceso en su vertiente de una resolución motivada y congruente.