SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1121/2016-S1
Fecha: 07-Nov-2016
III.4. Análisis del caso concreto
De la documentación que informan los antecedentes en el expediente, se evidencia que, dentro de las investigaciones realizadas a denuncia y posterior querella de Horst Richard Hartmann contra Lucy Brenda Frohle Bauer; Nicolaus Andreas y Willy Wolf Rudiger ambos Hartmann Frohle, concluyendo las mismas en rechazo de querella en favor de la primera por los supuestos delitos de tentativa de asesinato, coacción, lesiones graves y leves; con acusación formal contra los otros dos, por los delitos de lesiones graves y leves contra el primero; y contra el segundo nombrado, por los mismos delitos señalados, en grado de complicidad.
De los datos del expediente, se evidencia que la ahora accionante a momento de interponer la acción tutelar, no acompañó poder de representación, es decir, no acreditó su personería de los dos acusados formalmente ya aludidos, no siendo subsanable tal omisión con el solo hecho de ser madre de los mismos, toda vez que, conforme a los requisitos de la acción de amparo constitucional se debe cumplir de acuerdo a la Norma Suprema y el Código Procesal Constitucional; por cuanto, la accionante ya no es parte del proceso penal que sigue el Ministerio Público contra sus hijos, en base a que existe una Resolución de Rechazo de querella a su favor, misma que no fue objeto de impugnación, es decir, no tiene legitimación activa para interponer la presente acción de defensa, por lo que ante la falta de dicho requisito debió merecer el rechazo in limine; sin embargo, al haber sido admitida, pese al defecto mencionado que resulta insubsanable, correspondía declarar su improcedencia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 14
- III.2.De la acción de amparo constitucional
- se crea afectada
- la documentación que acredite su personería
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR