SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1140/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1140/2016-S1

Fecha: 16-Nov-2016

a)

Solicitó se le conceda la tutela invocada; y, en consecuencia disponga: a) Que, las autoridades demandadas, anulen el “Auto de Vista de 20 de noviembre de 2015”, manteniendo subsistente el Auto Supremo 635/2013 de 11 de diciembre; y, b) Se prosiga el juicio ordinario hasta la ejecución plena de la sentencia. 

Pedro Quiroga Acosta, Juez Público Segundo en lo Civil y Comercial del departamento de Cochabamba, en audiencia de forma oral, manifestó que: a) Se ratifica en el Auto Interlocutorio de 23 de febrero de 2015, que dispuso rechazar la nulidad de obrados, al existir Resolución de primera instancia, Auto de Vista y Auto Supremo ejecutoriados con calidad de cosa juzgada; y, b) Los defectos en el poder debieron ser reclamados a través de la excepción de impersonería y como Juez de primera instancia no podía invalidar actuaciones consolidadas y con autoridad de cosa juzgada y los principios de preclusión y de convalidación.