SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1142/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1142/2016-S1

Fecha: 16-Nov-2016

i)

Cesar Vladimir Villarroel Franco, Jefe Departamental de Trabajo de Cochabamba, en representación del Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, mediante informe escrito, cursante de fs. 92 a 96 vta., refirió: i) En el presente caso la entidad ahora demandada comunicó a Huáscar Andrés Zeballos Vargas el vencimiento del contrato laboral a través de nota de 21 de diciembre de 2015, vulnerándose sus derechos al trabajo y a la estabilidad laboral; ii) Existe Conminatoria MTEPS/JDTCBBA/ 093/2016, debiendo restablecer al accionante a su último cargo que desempeñaba más el pago de sueldos devengados, se le restituya el seguro a corto y largo plazo y suscriba el contrato indefinido, respetando su antigüedad más derechos sociales; iii) Al ser notificado la entidad demandada con dicha resolución el 15 de abril de 2016, interpuso recurso de revocatoria, siendo resuelta por RA 179/2016; presentando al efecto el jerárquico, mismo que se encuentra en trámite en el Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social para su resolución; y, iv) El art. 10.IV del Decreto Supremo (DS) 28699 de 1 de mayo de 2006, dispuso que la conminatoria son de cumplimiento obligatorio a partir de su notificación y únicamente podrán ser impugnadas en la vía judicial pero que no implica la suspensión de su ejecución; por lo que, solicitó se conceda la tutela solicitada.