SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1189/2016-S2
Fecha: 22-Nov-2016
III.3. Análisis del caso concreto
La accionante señala que las autoridades judiciales demandadas, vulneraron sus derechos fundamentales, al admitir por Auto de Vista 29 las apelaciones formuladas por el Ministerio Público y la parte querellante contra el Auto 45/2015 de 1 de abril, emitido por la Jueza de Instrucción Penal Décima en relación a la excepción de incompetencia planteada por su persona, ya que no reconocieron su derecho a la propiedad privada al invalidar un contrato suscrito sobre hechos de carácter civil, con carencia de motivación y desconociendo la compra del inmueble realizada por su persona el 10 de abril de 2003 así como la pacífica posesión de más de diez años; además de que tampoco tomaron en cuenta que no pudo existir el delito de avasallamiento, en razón a que la Ley 447 no se encontraba vigente en el momento que los hechos acontecieron, no pudiendo por tal motivo ser aplicada en cumplimiento a la irretroactividad de la ley penal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- concedió
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- Estado
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- III.3. Análisis del caso concreto
- a)
- 1)
- Fragmento 16
- y que cuando apareció otra propietaria del mismo inmueble, se inició un litigio por el derecho posesorio del mismo
- CONFIRMAR en todo