SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1192/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1192/2016-S3

Fecha: 03-Nov-2016

1)

El accionante a través de su abogado, ratificó in extenso los términos expuestos en su memorial de interposición de la acción y ampliándola señaló que: 1) “…personas ajenas han denunciado, hace una persecución penal sin ser víctima…” (sic.); 2) La documentación no fue evaluada por el SEDEGES; 3) El Ministerio Público no puede desconocer el art. 225 de la CPE; y, 4) La fundamentación debe dar valor a cada una de las pruebas, el Ministerio Público no pueda “suprimir” el principio de legalidad conforme al art. 72 del CPP.