SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1209/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1209/2016-S3

Fecha: 04-Nov-2016

Fragmento 15

           Ahora bien, en el caso de autos, es preciso señalar que el accionante no aportó los elementos necesarios, para que esta jurisdicción constitucional pueda evidenciar la amenaza concreta de su derecho al debido proceso por parte del Juez ahora demandado, del cual devendría un procesamiento ilegal, y poder ingresar al fondo de la problemática planteada, puesto que del memorial de la presente acción tutelar y su intervención en la audiencia de acción de libertad ante el Juez de garantías, si bien se señala la vulneración de su derecho al debido proceso supuestamente ocasionado por la autoridad judicial demandada, mencionando que dicho derecho se vería afectado por haberse ordenado que se proceda a realizarle una valoración médico forense, cuando presentó un certificado idóneo que acreditó su impedimento de asistir a la audiencia de consideración de medidas cautelares contra sus defendidos sin que sea parte procesal en el mismo; no obstante, no se tienen cumplidos los presupuestos de activación de la acción de libertad, ya que los aspectos denunciados no constituyen un riesgo a los derechos a la vida, a la libertad física o de locomoción, como tampoco establecen un procesamiento ni persecución indebida, por lo que no concierne la apertura de la vía constitucional mediante la acción de libertad debido a su naturaleza jurídica para conocer el asunto planteado, aspecto por el cual corresponde denegar la tutela requerida.