SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1221/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1221/2016-S3

Fecha: 07-Nov-2016

II.5.

II.5.  Por Resolución 716 V/16 de 19 de agosto de 2016, emitido por Sara Susana Céspedes Sempertegui, Jueza de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primera del Capital del departamento de Cochabamba -hoy codemandada-, declinó competencia por razón de territorio, en el entendido de que los hechos que “…se investigan suscitó en la entrada a Kara Kara pertenece al distrito 9 perteneciente a la Sub Alcaldía de la comuna de Itocta, la misma que pertenece a la jurisdicción Territorial de la EPI SUR así también que el imputado tiene su domicilio en la EPI SUR consiguientemente el juez del lugar donde serán descubiertas las pruebas materiales del hecho y la residencia del lugar del imputado, recae en el Juzgado de Instrucción Penal Cautelar dependiente del EPI SUR” (sic), por lo que dispuso la remisión de antecedentes ante el Juzgado de Instrucción Penal y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la EPI-SUR de la Capital del citado departamento (fs. 26 y vta.).