Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1222/2016-S3
Fecha: 07-Nov-2016
acción de libertad
En revisión la Resolución de 2 de septiembre de 2016, cursante de fs. 43 a 45 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Rolando Jorge Magne Calle y Sheyla Edelin Terrazas Chávez en representación sin mandato de Luis Sandro Zárate Valenzuela contra Rubén Marcelo Leiva Lazcano, Juez de Ejecución Penal Primero del departamento de Cochabamba.
- acción de libertad
- sentencia en la que el impetrante fue absuelto
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III.1.
- para que la garantía de la libertad personal o de locomoción pueda ejercerse mediante el recurso de hábeas corpus cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- i)
- CONFIRMAR