SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1226/2016-S2
Fecha: 22-Nov-2016
II.1.
II.1. Mediante Informe Legal A.G.A.J. 134/2016 de 12 de abril, respecto a las transgresiones realizadas por el local JARANA DISCO VIP, César Francisco Villarroel Guevara, Asesor Legal vía Boris Luis Rodríguez Maldonado, Asesor General de Asuntos Jurídicos, recomendó al Alcalde Municipal de Riberalta, instruir a la Dirección de Administración de Servicios y Seguridad Ciudadana, notificar formalmente a su propietario con la papeleta de infracción para el pago de multa que deberá concretarse en un plazo máximo de quince días hábiles en la cuenta fiscal municipal que correspondiere, por infracción al horario de atención fuera de lo permitido legalmente, a ese efecto deberá determinarse su monto, pudiendo el interesado apersonarse ante esa Dirección para realizar sus descargos si considerare conveniente. Asimismo, a objeto de evitar posibles argumentos de anulabilidad de parte del infractor, se proceda a rectificar el procedimiento realizado en la clausura temporal de la indicada actividad JARANA DISCO VIP, debiendo al efecto procesarse en forma correcta a la elaboración del acta de clausura temporal y luego procederse al colocado del precinto de clausura, especificando los nombres y firmas de los servidores responsables de ese acto administrativo, determinando los días de suspensión de la actividad, precautelando la constancia de todos los datos y requisitos establecidos en los arts. 66 y 67 del Reglamento Municipal Amazónico de Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, con advertencia al infractor que en caso de incumplimiento o reincidencia con transgresiones a previsiones establecidas en la Ley de Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas y el señalado Reglamento Municipal Amazónico, así como para la situación de violentar o quitar el precinto de clausura temporal, se procederá en forma inmediata a la tramitación del procedimiento administrativo sancionador para formalizar la clausura definitiva de la actividad JARANA DISCO VIP de Waldo Paz Salas (fs. 64 a 68).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte