Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1226/2016-S2
Fecha: 22-Nov-2016
II.3.
II.3. El 18 de mayo de 2016, César Francisco Villarroel Guevara, Asesor Legal por Informe Legal A.G.A.J. 189/2016 vía Asesor General de Asuntos Jurídicos, recomendó a Omar Núñez Vela Rodríguez, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Riberalta, el inicio de procedimiento administrativo de clausura definitiva del local JARANA DISCO VIP, como emergencia de la existencia de probables contravenciones a las normas descritas precedentemente de la Ley de Control de Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas y el Reglamento de Funcionamiento de Actividades Económicas y Expendio de Bebidas Alcohólicas de Riberalta, cuya notificación se practicó a Waldo Paz Salas el 20 de igual mes y año (fs. 4 a 11).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte