SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1226/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1226/2016-S3

Fecha: 07-Nov-2016

III.3.  Análisis del caso concreto

Antes de ingresar al fondo de la problemática, cabe establecer que el análisis se realizará a partir de la Resolución de alzada, ello debido a que es en esta instancia que los Vocales son los llamados a revisar de acuerdo a los principios de pertinencia y congruencia las resoluciones emitidas por los jueces de primera instancia, marco dentro del cual corresponde pronunciarse desde la Resolución del ad quem, pues es a través de esta que se deben considerar los supuestos de vulneración de derechos fundamentales en que pudieran haber incurrido los jueces cuya resolución se conoce en apelación. 

Conforme el acta de audiencia de apelación sobre la aplicación de medidas cautelares resuelta el 28 de junio de 2016 (Conclusión II.2.), la fundamentación del mencionado recurso no refirió de manera clara los agravios respecto a la Resolución recurrida, haciendo mención de manera ambigua, la no concurrencia de los supuestos del art. 233 del CPP y art. 234.4 del mismo cuerpo legal, en el entendido de que no concurriría la probable autoría y que la imputada no obstaculizará la averiguación de la verdad.