SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1227/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1227/2016-S3

Fecha: 07-Nov-2016

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante por medio de su abogado, ratificó el contenido de su memorial de acción de libertad, y ampliándolo manifestó que, el tiempo para el recojo del trámite correspondiente al arraigo en migraciones es de cuarenta y ocho horas, por lo que se presentó el certificado de arraigo “…el día lunes mediante memorial…” (sic) ante el Juzgado de la causa; sin embargo, momentos previos a la audiencia, se evidenció que dicho escrito más la boleta de arraigo no fueron adjuntados a los antecedentes, por lo que se pidió se completen los referidos antecedentes para ser remitidos ante el Tribunal de garantías; empero, el Secretario del Juzgado indicó que “…buscarían y le demos un tiempo a efectos de que puedan hacer llegar (…) esos antecedentes…” (sic), motivo por el cual se solicitó un plazo para que la documentación pueda ser enviada y en el caso de que la misma sea verificada, se conceda la tutela conminando a que en el día, la Jueza hoy demandada expida el mandamiento de detención domiciliaria.