SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1227/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1227/2016-S3

Fecha: 07-Nov-2016

I.2.2. Informe de la autoridad demandada

Cynthia Blanca Delgadillo Aramayo, Jueza de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primera de la Capital del departamento de La Paz, mediante informe presentado el 1 de septiembre de 2016, cursante a fs. 16 y vta., sostuvo que en audiencia de consideración de cesación a la detención preventiva celebrada el 24 de agosto de igual año, se dispuso la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva para el accionante a ser cumplidas a cabalidad en el plazo de tres días hábiles para la emisión del mandamiento de detención domiciliaria; así también, respecto al arraigo del nombrado, el mismo no se cumplió toda vez que debió presentar el certificado de arraigo y no el comprobante de inicio de trámite, por lo que al no haber cumplido con lo dispuesto, no se libró dicho mandamiento debido a la negligencia del mismo, razón por lo cual no puede justificar su actuar con la interposición de esta acción de libertad, la cual no tiene asidero legal, por consiguiente no corresponde que se otorgue la tutela solicitada.