SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1242/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1242/2016-S2

Fecha: 22-Nov-2016

1)

José Mario Gandarillas Angulo, Juez Público Civil y Comercial Cuarto del departamento de Cochabamba -hoy demandado-, presentó informe escrito de 2 de septiembre 2016, cursante de fs. 58 a 60 vta., fundamentando: 1) Que dentro de la demanda ejecutiva, presentada por el Banco Unión S.A. en calidad de acreedor, en contra de la empresa de TUBOL S.R.L. donde se declaró probada la demanda disponiendo el remate de los bienes otorgados en garantía, por incumplimiento de pago siendo las garantías: una casa quinta con los terrenos adyacentes de 5.067,62m², dos fracciones de terreno con una extensión de 49.806,89m², estableciéndose que la garantía se encontraría inequívocamente identificada y ubicada, conociéndose los límites y colindancias; y, 2) Que, se cumplió a cabalidad los requisitos de ley, no apartándose de los documentos base de ejecución, en relación al apersonamiento del accionante, mismo que fue rechazado, por no ser parte del proceso, no se conculcó su derecho a la petición, pues estuviera subordinado a ciertos requisitos como el cumplimiento al art. “50 de la norma adjetiva civil”; sin embargo, ante el rechazo del apersonamiento, el accionante interpuso el recurso de reposición con alternativa de apelación, que fue resuelto por Auto de 4 de julio de 2016, rechazando el recurso de reposición, concediendo la apelación en efecto devolutivo, por lo que la ejecución no debiera suspenderse por ningún motivo, por lo que la acción carecería de mérito.