SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1259/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1259/2016-S3

Fecha: 09-Nov-2016

A LA PREVALENCIA, A LA INTERPRETACIÓN Y A LA APLICACIÓN FAVORABLE EN RELACIÓN A LOS INSTRUMENTOS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS

El accionante por medio de su representante denuncia la lesión de sus derechos al debido proceso en su vertiente de la tutela judicial efectiva, a la defensa, a la libertad, al respeto y protección a los derechos fundamentales, “…A LA PREVALENCIA, A LA INTERPRETACIÓN Y A LA APLICACIÓN FAVORABLE EN RELACIÓN A LOS INSTRUMENTOS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS” (sic), citando al efecto los arts. 13.I y IV, 14.III, 22, 115, 117.I, 180.I y 256 de la Constitución Política del Estado (CPE); 1, 7.1, 8.2 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 3, 8, 11.1 y 28 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; I y XVIII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; 2.1, 9.1 y 14.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 6.3 inc. b) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

El accionante por intermedio de su representante denuncia la lesión de sus derechos al debido proceso en su vertiente de la tutela judicial efectiva, a la defensa, a la libertad, al respeto y protección de los derechos fundamentales, “…A LA PREVALENCIA, A LA INTERPRETACIÓN Y A LA APLICACIÓN FAVORABLE EN RELACIÓN A LOS INSTRUMENTOS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS” (sic), toda vez que dentro del proceso penal seguido en su contra, las Magistradas ahora demandadas emitieron AS 273/2016-RRC, de 31 de marzo, por el cual declararon infundado el recurso de casación planteado por su parte, reafirmando todas las anomalías que se dieron en la tramitación del proceso, mismas que fueron denunciadas oportunamente pero no atendidas.