SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1308/2016-S3
Fecha: 23-Nov-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denuncian la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la tutela judicial efectiva, a la defensa, a la impugnación, al acceso a la justicia pronta y oportuna y a la “seguridad jurídica”, toda vez que dentro del proceso penal seguido en su contra, habiendo interpuesto recurso de reposición contra la providencia de señalamiento de audiencia de aplicación de medidas cautelares solicitando el cumplimiento y aplicación del AS 260 de 17 de noviembre de 2008, la autoridad judicial ahora demandada rechazó indebidamente tal petición, argumentando erróneamente que dicha determinación no es análoga al caso concreto, sin considerar que para la aplicación de la doctrina legal no es relevante la identidad de sujetos, objeto, causa u otros.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Para que la jurisdicción constitucional analice la actividad interpretativa realizada por los tribunales de justicia, los accionantes deben hacer una sucinta pero precisa relación de vinculación entre los derechos fundamentales invocados y la actividad interpretativa - argumentativa desarrollada por la autoridad judicial. Demostrando ante esta justicia constitucional que se abre su competencia en miras a revisar un actuado jurisdiccional, sin que ello involucre que la instancia constitucional asuma un rol casacional, impugnaticio o supletorio de la actividad de los jueces
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR