Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1352/2016-S3
Fecha: 30-Nov-2016
Fragmento 14
En relación a la denuncia de errores en la identificación del caso e inicio de investigación seguido en su contra, la exacción de dinero que incluiría “empozo” en favor de una persona que lo defendería mientras estuvo en dependencias del “tránsito”, así como los memoriales que presentó su defensa no se encontrarían en el cuaderno de investigaciones, alega que constituirían persecución penal indebida, por lo que pide se deje sin efecto la apertura de la investigación.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- Fragmento 4
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos de aplicación de la excepcional subsidiariedad de la acción de libertad
- Fragmento 10
- III.2. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- III.3.1. En cuanto a la primera problemática planteada
- Fragmento 14
- 1)
- CONFIRMAR