AUTO CONSTITUCIONAL 0307/2016-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0307/2016-CA

Fecha: 13-Dic-2016

II.1.  Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos

Se demanda la inconstitucionalidad de los arts. 416 en la frase “a tiempo de interponer la apelación restringida”; y, 417 en sus términos “única” y “admisible” así como la expresión “en el que se invocó el precedente” del CPP, por ser presuntamente contrarios a los arts. 13.I, 109, 115.II y 180.II de la CPE; 8 y 11.1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; 2.3 inc. a), 14.3 inc. b) del PIDCP; y, 8.2 incs. c) y h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.