DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2016

Fecha: 01-Dic-2016

1.

1.  La propiedad de bienes inmuebles urbanos y rurales, con las limitaciones establecidas en los parágrafos II y III del Artículo 394 de la Constitución Política del Estado, que excluyen del pago de impuestos a la pequeña propiedad agraria y la propiedad comunitaria o colectiva con los bienes inmuebles que se encuentren en ellas.

1.  Elaborar, aprobar y ejecutar el Plan Territorial Autonómico, incorporando los criterios del desarrollo humano, con equidad de género e igualdad de oportunidades, en sujeción a ley especial, conforme a las normas del Sistema de Planificación Integral del Estado y en concordancia con el Plan de Desarrollo Departamental y Nacional…” (las negrillas son añadidas)

1.        La COMPATIBILIDAD con la Constitución Política del Estado, de los siguientes artículos adecuados conforme a lo dispuesto por la                 DCP 0036/2016 de 18 de abril y descritos en el segundo proyecto ordenado de Carta Orgánica Municipal de Ckochas, aprobado por Ley Municipal 20/2016 de 26 de agosto: 9.II.4; 10.II.2.7.12.13; 12.2; 16; 22.I.II.III; 23.I.II.III; 25.I.1.2; 26.I.1.2.3.II.III; 27.I.2; 28.I.II.III; 31.I.II; 37.12.21.29.31; 41.I; 45.6.12.23.28; 47.I.6; 49.I.6; 57.2.3; 63.I; 71.II párrafo primero (Impuestos Municipales) en los numerales 1.2.4; 72; 82.I.II; 84.IV; epígrafe del Título V; 94.I; 102.I.II; 105.I.1; 110.I.7; 112.I; 118.I; 122.II; 123; y, 138.II.2