DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2016
Fecha: 01-Dic-2016
II.
4. Constituir una sociedad justa y armoniosa, con plena justicia social y oportunidad de desarrollo para todas y todos sin discriminación alguna, identificando la exclusión social, tomando las acciones necesarias de atención y prevención para eliminar la violencia de género, generacional, cultural y otras; como estrategia de sostenibilidad y sustentabilidad para el desarrollo del Municipio y sus habitantes”.
II. En caso de ausencia de la Alcaldesa o Alcalde será una Concejala o un Concejal titular quien asuma la suplencia temporal; debiendo ser del mismo Partido Político o Agrupación Ciudadana. En caso de no existir, será cualquier Concejala o Concejal en aplicación del Reglamento General del Concejo” (las negrillas son añadidas).
II. Las competencias se ejercen bajo responsabilidad directa de los Órganos del Gobierno Autónomo Municipal, personalizadas en las Servidoras y los Servidores Públicos debiendo estar sujetas a los sistemas de gestión pública, control gubernamental establecido en la ley, así como al control jurisdiccional”.
- I.1. Contenido de la consulta
- II.1.
- II.2.
- 4.
- II.
- 2. Solidaridad.-
- 7. Complementariedad.-
- 12. Coordinación.-
- 13. Lealtad Institucional.-
- 7. Complementariedad.-
- 12. Coordinación.-
- 13. Institucional.-
- los numerales 6 y 7
- el contenido primigenio del art. 16
- modificar la previsión
- incompatibilidad de la previsión que cursa en el numeral 4 parágrafo I del art. 26 del proyecto de Carta Orgánica Municipal; debiendo suprimirse el mismo.
- Artículo 29. (Posesión)
- 12.
- 21.
- el contenido primigenio del numeral 22
- suprimir de la previsión analizada, la frase:
- incompatibilidad de la previsión que cursa en el numeral 30 del art. 37 del proyecto de carta orgánica municipal; debiendo suprimirse la misma.
- I.
- 23.
- el numeral 8
- incompatibilidad
- el parágrafo III
- el contenido primigenio
- III.
- Patentes municipales;
- 1.
- modificar el contenido de los impuestos descritos en los numerales 1, 2 y 4 del Parágrafo II
- numerales 6 y 7
- Artículo 85. (Control fiscal autonómico)
- 3.