Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2016
Fecha: 01-Dic-2016
el contenido primigenio
Sobre el contenido primigenio de la regulación analizada, el estatuyente municipal, atendiendo los fundamentos desarrollados en la DCP 0036/2016, procedió a suprimir el mismo; por lo que no corresponde realizar ningún test de constitucionalidad, al no existir ninguna previsión que deba confrontarse con la Ley Fundamental.
Sobre el contenido primigenio de la regulación analizada, el estatuyente municipal, atendiendo los fundamentos desarrollados en la DCP 0036/2016, procedió a suprimir el mismo; por lo que no corresponde realizar ningún test de constitucionalidad, al no existir ninguna previsión que deba confrontarse con la CPE.
- I.1. Contenido de la consulta
- II.1.
- II.2.
- 4.
- II.
- 2. Solidaridad.-
- 7. Complementariedad.-
- 12. Coordinación.-
- 13. Lealtad Institucional.-
- 7. Complementariedad.-
- 12. Coordinación.-
- 13. Institucional.-
- los numerales 6 y 7
- el contenido primigenio del art. 16
- modificar la previsión
- incompatibilidad de la previsión que cursa en el numeral 4 parágrafo I del art. 26 del proyecto de Carta Orgánica Municipal; debiendo suprimirse el mismo.
- Artículo 29. (Posesión)
- 12.
- 21.
- el contenido primigenio del numeral 22
- suprimir de la previsión analizada, la frase:
- incompatibilidad de la previsión que cursa en el numeral 30 del art. 37 del proyecto de carta orgánica municipal; debiendo suprimirse la misma.
- I.
- 23.
- el numeral 8
- incompatibilidad
- el parágrafo III
- el contenido primigenio
- III.
- Patentes municipales;
- 1.
- modificar el contenido de los impuestos descritos en los numerales 1, 2 y 4 del Parágrafo II
- numerales 6 y 7
- Artículo 85. (Control fiscal autonómico)
- 3.