Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1260/2016-S1
Fecha: 02-Dic-2016
II.3.
II.3. El 15 de septiembre de 2015, mediante memoriales dirigidos al Comandante General y Director Nacional de Personal de la Policía Boliviana, René Huampo Guarachi formuló representación del cambio de destino, al efecto alegó su inamovilidad y solicitó dejar sin efecto el Memorándum Stria. Gral. 016/2013 de cambio de destino (fs. 8 a 9 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.De la acción de amparo constitucional
- III.3. Marco constitucional y legal sobre la protección del progenitor del hijo o hija menor a un año, jurisprudencia reiterada.
- Fragmento 17
- III.4. Desplazamiento o cambio de destino de policías en el territorio del Estado plurinacional
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR