SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1279/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1279/2016-S2

Fecha: 05-Dic-2016

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La parte accionante a través de su abogado, ratificó los términos expuestos en la demanda presentada y la amplió señalado que sobre el principio de culpabilidad que la misma Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura, en los resúmenes de jurisprudencia del 2012 y 2013 indica que se debe acreditar el nexo de causalidad entre la conducta del procesado y la falta cometida, no procede sanción si el hecho no es atribuible al denunciado en el presente caso, el hecho no eran las audiencias pero el acta tiene que ser elaborada por el Secretario del Juzgado y no por el juez; siguiendo la misma jurisprudencia se encuentra ante un acto que vulnera también el principio de culpabilidad; finalmente, se niega el derecho al trabajo, empleo y la relación con el Pacto Internacional de Derechos Civiles, Económicos, Sociales y Culturales que están dentro del bloque de constitucionalidad y por el informe que se dio lectura confunde dos elementos, señala que la conducta no fuera dolosa pero si culposa, se está atacando la lesividad de la conducta que es una categoría diferente de la teoría del delito, por el reproche que hace en la Sentencia la Jueza Disciplinaria demandada.