SENTENCIA CONSTITUCiONAL Plurinacional 1283/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCiONAL Plurinacional 1283/2016-S2

Fecha: 05-Dic-2016

a)

Gastón Ballesteros, abogado de la accionante, en audiencia, ratificó in extenso el contenido de la demanda y ampliándola, señaló que: a) Las autoridades demandadas consideraron que la Jueza Quinta Cautelar, excedió sus atribuciones, pues mantuvo latente el riesgo procesal establecido por los numerales 1 y 2 del art. 235 del CPP y que tampoco podrían mantener la medida de ultima ratio ante la subsistencia de un solo riesgo, con lo cual consolidaron una interpretación alejada de los marcos de razonabilidad y equidad, frente a la vinculatoriedad de la SC 1174/2011-R; b) La accionante no es funcionaria pública, ni tiene relación de dependencia en relación al principal acusado; c) La peligrosidad y trascendencia no es un óbice para mantener la detención; y, d) Que demostrada la lesión de los derechos aludidos, sin necesidad del dictado de nueva resolución, se disponga directamente la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva; establecidas en el art. 240 del CPP, que aseguren el desarrollo del proceso, tomando en cuenta que durante cinco años compareció a todos los actos convocados; con obligación de presentarse periódicamente, prohibición de salir del país, concurrir a determinados lugares y comunicarse con ciertas personas y una fianza de carácter real de dos garantes.