SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1284/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1284/2016-S1

Fecha: 02-Dic-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Al ser propietaria de un lote de terreno ubicado en el Kilómetro 3, de la carretera Cobija-Porvenir, inscrito en el Registro de Derechos Reales, bajo la matrícula computarizada 9.01.1.01.0005300 de 20 de junio de 2007, del cual el 50% enajenó a su hija Margareth Vanesa Contreras Olivera y Ariel Romaña Galindo. Luego, la Dirección de Ordenamiento Territorial y Catastro del Gobierno Municipal de Cobija, le notificó para que presente su documentación de derecho propietario; al haber dado cumplimento a la misma, le manifestaron que según las coordenadas del lugar su terreno estaría asentado indebidamente dentro de una calle, sin tomar en cuenta de que hasta el agosto del pasado año dicha Dirección reconocía que su terreno colindaba con una calle.

Al estar peregrinando por la oficina de Ordenamiento Territorial y Catastro del Gobierno Municipal de Cobija, a cargo de Edgar Benavides Castro, con el fin de llegar a un acuerdo sobre el trámite administrativo, pese a que la posesión de su lote de terreno data de 1981, fue anoticiada de haber sido notificada en tres veces y que no habría hecho caso; empero, por el contrario acreditando su derecho propietario asistió a todas las notificaciones puestas a su conocimiento, en ese sentido se habría lesionado su derecho a la petición, ya que al estar esperando un resultado de solución respecto al referido trámite administrativo con relación a su lote de terreno, fue sorprendida con una resolución de la apertura de calle, lo cual se cumplió iniciando trabajos con tractor y retirando parte del cerco de su terreno, sin respetar su derecho propietario.