SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1308/2016-S1
Fecha: 02-Dic-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Se interpuso denuncia disciplinaria en su contra por la supuesta comisión de falta grave prevista en el art. 187.4 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), en el desempeño de sus funciones como Jueza de Ejecución Penal del departamento de Chuquisaca, tramitado el proceso se emitió la Resolución 43/2015 de 28 de octubre, a través de la cual se declaró probada la denuncia imponiéndole como sanción la suspensión de un mes de sus funciones sin goce de haberes, con dicha determinación fue notificada el 30 de ese mes y año a horas 16:00, razón por la cual ante la injusta decisión que la sancionó interpuso recurso de apelación el 9 de noviembre del citado año, misma que fue recepcionada en ventanilla de presentación de memoriales del Tribunal Departamental de Justicia del aludido departamento en la misma fecha a horas 16:54, radicando el referido recurso ante la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura, resuelto el mencionado recurso, los hoy demandados emitieron la Resolución SD-AP 78/2016 de 25 de enero, donde resolvieron desestimar la apelación interpuesta por supuestamente haber sido presentada fuera del plazo establecido por el art. 204.I de la LOJ, habiendo sido notificada el 16 de marzo del aludido año, de forma clara la citada Resolución de manera incongruente y contradictoria desestimó su recurso ya que la norma en la que basaron su argumento no refiere en ninguna parte que el plazo para la presentación del recurso corra de momento a momento, menos especificó cuando concluyó o feneció el plazo para la interposición del recurso de apelación ya que de manera precisa establece el computo en días, por lo que, los demandados le negaron su derecho de acceder efectivamente a la doble instancia con una interpretación arbitraria e incongruente y sin ningún tipo de fundamento legal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 11
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. El derecho a la defensa y a la doble instancia como elementos del debido proceso y su vinculación con los medios de impugnación
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR