Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1308/2016-S1
Fecha: 02-Dic-2016
II.6.
II.6. Mediante Resolución SD-AP 78/2016 de 25 de enero, los Consejeros de la Magistratura hoy demandados desestimaron el recurso de apelación presentado por Vidalia Morales Ávila por haber sido presentado fuera del plazo establecido por el art. 204.I de la LOJ y en consecuencia declaró ejecutoriada la Sentencia Disciplinaria 43/2015 (fs. 242 a 243).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 11
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. El derecho a la defensa y a la doble instancia como elementos del debido proceso y su vinculación con los medios de impugnación
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR