SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1322/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1322/2016-S1

Fecha: 02-Dic-2016

a)

Solicitan que se conceda la tutela impetrada, disponiendo que: a) El Juez y Secretaria del Juzgado Público de Instrucción Penal Noveno del departamento de La Paz –hoy codemandados–, en el plazo de veinte cuatro horas, remitan al Tribunal de alzada la apelación incidental; y, b) La Presidenta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, como máxima autoridad de Sala Plena, en el plazo de veinte cuatro horas franquee las copias que hagan necesarias para subsanar la apelación interpuesta.