SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1322/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1322/2016-S1

Fecha: 02-Dic-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los accionantes consideran lesionados sus derechos a la libertad personal, “A recibir una respuesta formal, pronta y oportuna” (sic), a ser oído y al debido proceso; toda vez que, dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de desobediencia a resoluciones en acciones de defensa y de inconstitucionalidad, el Juez Público de Instrucción Penal Noveno del departamento de La Paz, mediante Resolución 267/2016 de 7 de julio, dispuso detención domiciliaria para los impetrantes de tutela; por lo que, interpusieron apelación incidental, que fue remitida al Tribunal de Sentencia Penal Tercero del indicado departamento, quienes a través del decreto de 12 de agosto de 2016, dispusieron la devolución del legajo de apelación incidental al Juzgado de origen, con el argumento que faltaban algunas piezas procesales; sin embargo, el Juzgado no pudo subsanar el mismo; debido a que, el cuaderno procesal había sido sorteado y remitido al Tribunal de Sentencia Penal Noveno del precitado departamento; empero, decidieron no radicar el proceso, bajo el fundamento de que el Tribunal de Sentencia Penal Tercero era quien debía conocer el proceso señalado ut supra; razón por la cual, existiendo un conflicto de competencias el proceso fue remitido a conocimiento de Sala Plena el 19 del referido mes y año, sin que hasta la fecha se haya resuelto y devuelto los antecedentes.