SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1326/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1326/2016-S1

Fecha: 02-Dic-2016

Fragmento 15

En este sentido la SCP 0304/2016-S1 de 10 de marzo señaló que “…apersonados Tómas Veizaga Choque y Elba Terán Gonzales al proceso y habiendo purgado su rebeldía, sin que se hubieran ejecutado los mandamientos de aprehensión, correspondía que las autoridades demandadas dejen sin efecto la declaratoria de rebeldía, en el entendido de que la finalidad de la misma se cumplió. Al haber actuado en contrario y exigir que su concurrencia al proceso sea de forma personal y que debían justificar el grave o legítimo impedimento a la audiencia -Resolución de 25 de septiembre y decreto de 21 de octubre de 2015-, incurrieron en vulneración al debido proceso e inobservaron la reiterada jurisprudencia constitucional que al respecto emitió este Tribunal. De ahí que corresponde conceder la tutela invocada, dejándose sin efecto los mandamientos de aprehensión…”