SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1352/2016-S1
Fecha: 15-Dic-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la “seguridad jurídica”, a la defensa, a la petición, al debido proceso, a la propiedad privada, a la protección judicial, a la “tutela judicial efectiva”, y a la publicidad; toda vez que, su lote de terreno, ubicado en la zona Oeste, distrito 2, U.V. 54, mza. S/N, lote S/N de Montero del departamento de Santa cruz, “colindante con el dique de contención SEARPI” (sic), con una superficie de 14 947,00 m2, e inscrito en DD.RR. bajo la matrícula 7.10.1.01.0027314, fue avasallado por más de cincuenta personas, quienes con armas, pistolas, machetes, palos, cuchillos, ingresaron al lugar, sacando el alambrado, los postes, tumbaron todos los árboles frutales que se encontraban allí (naranja, grey, guayaba y otros), quemaron la casa que ocupaba Georgina Pinto –su casera– con su familia, los golpearon, robaron sus cosas, para posteriormente vender la posesión de su terreno por una parte y por otra fraccionarlo en lotes pequeños, en el cual construyeron viviendas precarias, perturbaron la quieta y pacífica posesión que tenía sobre su derecho propietario por más de veinte años, con las medidas de hecho señaladas; por lo que, denunció a dichos loteadores ante la FELCC, por los delitos de asociación delictuosa, robo agravado, avasallamiento, que fue verificada por el investigador asignado al caso que se encuentra encargado de su caso.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el nuevo contexto constitucional desde una visión plural
- III.2.
- Constituir una sociedad justa y armoniosa, cimentada en la descolonización, sin discriminación ni explotación, con plena justicia social, para consolidar las identidades plurinacionales
- 1
- III.4. La garantía del derecho a la propiedad
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte
- 2º DENEGAR