Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1357/2016-S1
Fecha: 15-Dic-2016
I.1.3. Petitorio
Solicitó se conceda la tutela impetrada; y, en consecuencia “SE SUSPENDA LA SANCIÓN DISCIPLINARIA 028/2016, HASTA QUE TENGA UN JUEZ DE EJECUCIÓN COMPETENTE AL QUE PUEDA PRESENTAR MI APELACIÓN, EN UN PLAZO PRUDENTE SE PUEDA REMITIR MI EXPEDIENTE PARA QUE CONOZCA LA CAUSA EL NUEVO JUEZ DE EJECUCIÓN Y UN TRATO DIGNO CONFORME AL ART. 5,7,8 Y 9 DE LA LEY 2298, ADEMÁS SE ORDENE LA REMISIÓN AL MINISTERIO PÚBLICO POR VULNERACIÓN DE LA LEY y sea con la aplicación de COSTAS, DAÑOS Y PERJUICIOS” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica, alcances y presupuestos de activación de la acción de libertad
- III.3.
- si los actos emergentes del procesamiento no ponen en riesgo la libertad y no ocasionan su restricción, no podrán ser evaluados y considerados a través de la acción de libertad, correspondiendo su tratamiento, una vez agotados todos los medios intra procesales, a la acción de amparo constitucional, como medio de defensa idóneo en el jurisdicción constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR