SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1462/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1462/2016-S3

Fecha: 09-Dic-2016

1)

Marco Antonio Terrazas, socio propietario de la empresa INDEMEC S.R.L., en audiencia, manifestó que: 1) Es el único representante legal de la indicada Sociedad, pero la accionante de forma maliciosa acudió a la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Cochabamba para que esta cite únicamente a Luis Pompeyo Zambrana Ayala -ahora codemandado- que es una persona de la tercera edad, socio de la referida empresa y que se encuentra en estado delicado de salud, cuando su persona es el representante legal de la empresa INDEMEC S.R.L.; 2) Adjuntó las boletas de aporte, el rol de las personas que trabajan para la citada empresa, más las planillas de pago de los asalariados y demás elementos probatorios que demuestran que la accionante no trabajó para él sino que es empleada de “ELECTROGRUP”; 3) La citada Jefatura laboral y la accionante incurrieron en un error al exigir la participación del hoy codemandado, ya que este no ejerce la representación legal de la indicada empresa; 4) Nunca existió una relación laboral entre la accionante y esa empresa, por lo que no puede asumir una obligación con ella; 5) No existe prueba que acredite que la accionante trabajó para dicha Sociedad de 27 de junio hasta el      30 de julio de 2016; y, 6) La nombrada no cuenta con un contrato, el registro en planillas o la credencial que portan los empleados de la referida.