Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1478/2016-S3
Fecha: 13-Dic-2016
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
La accionante considera vulnerados sus derechos al trabajo, a la salud, a la estabilidad laboral y al pago de salarios devengados y demás beneficios sociales, citando al efecto los arts. 13, 46.I núm. 1 y 2 y II, 48.III y VI, 49.III, 410.I y II de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 23 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- medidas extremas que solo pueden ser adoptadas, de comprobarse la existencia de una causa o móvil justificado
- En aquellos casos en que la trabajadora o trabajador, fuera sometido a un proceso interno dentro el cual se determine su despido por una de las causales establecidas en el art. 16 del Código antes referido y art. 9 del Decreto Reglamentario (DR), en su caso por vulneración a su Reglamento Interno, el procedimiento previsto por el DS 0495, no será aplicable; debiendo la trabajadora o trabajador, que estime que su destitución fue ilegal o injustificada, incoar la correspondiente demanda de reincorporación ante la judicatura laboral’
- III.2. Análisis del caso concreto
- es atribución del Consejo de Vigilancia seleccionar
- 1° CONFIRMAR