SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1485/2016-S3
Fecha: 16-Dic-2016
II.3.
II.3. Mediante memorial de 27 de abril de 2015, la hoy tercera interesada apeló el Auto 73/15 (fs. 43 a 44), mismo que fue respondido por el actual accionante a través del escrito presentado el 27 de mayo del referido año (fs. 45 a 46 vta.); por consiguiente, Editha Pedraza Becerra y Samuel Saucedo Iriarte, entonces Vocales de la Sala Civil, Comercial, Familiar, de la Niñez y Violencia Intrafamiliar Segunda y Tercera, respectivamente -ahora demandados- pronunciaron el Auto de Vista 236/15 de 7 de diciembre de ese año, revocando el fallo impugnado, fijando una asistencia familiar de Bs1 000.- a favor de la menor AA en forma mensual y global, a correr desde la notificación con el incidente de incremento de asistencia familiar, sin costas (fs. 53 a 55).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- I.2.2.
- i)
- denegó
- II.1
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho a una resolución fundamentada y motivada: Su contenido esencial en el Estado Constitucional de Derecho
- Lograr el convencimiento de las partes que la resolución en cuestión no es arbitraria, sino por el contrario, observa: El valor justicia, los principios de interdicción de la arbitrariedad, de razonabilidad y de congruencia
- Los tres casos señalados, son un tema que corresponderá analizar en cada caso concreto, debido a que sólo en aquéllos supuestos en los que se advierta claramente que la resolución es un mero acto de voluntad, de imperium, de poder, o lo que es lo mismo de arbitrariedad, expresado en decisión sin motivación o inexistente, decisión arbitraria o decisión insuficiente, puede la justicia constitucional disponer la nulidad y ordenar se pronuncie otra resolución en forma motivada.
- Otra de las finalidades que justifica la exigibilidad de una resolución motivada es la de garantizar la posibilidad de control de la resolución en cuestión - judicial, administrativa, etc.- por los tribunales superiores que conozcan los correspondientes recursos o medios de impugnación,
- La exigencia de una resolución motivada también tiene la finalidad de permitir el control de la actividad jurisdiccional o la actividad decisoria de todo
- III.2. Análisis del caso concreto
- comprende los recursos que garantizan lo indispensable para la alimentación, salud, educación, vivienda, recreación y vestimenta
- CONFIRMAR