Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0024/2016-RCA
Fecha: 10-Feb-2016
Fragmento 1
En revisión la Resolución de 9 de diciembre de 2015, cursante a fs. 112, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional, interpuesta por José David y Wilger Bladimir ambos Terceros Morales contra Helmut Balderrama Torrez Juez Sexto de Partido de Familia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- improcedente
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Requisitos de admisibilidad previstos por el art. 33 del CPCo, para la presentación de acciones de amparo constitucional
- agotar con carácter previo los medios o recursos legales dentro de proceso judicial o administrativo,
- si es que previamente no se agotó la vía ordinaria de defensa y supletorio porque viene a reparar y reponer las deficiencias de esa vía ordinaria.
- II.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR