AUTO CONSTITUCIONAL 0024/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0024/2016-RCA

Fecha: 10-Feb-2016

improcedente

La Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución de 9 de diciembre de 2015, cursante a fs. 112, declaró improcedente la acción de amparo constitucional, con los siguientes fundamentos: a) La Resolución de 21 de octubre de 2015, emitida en la demanda de partición y división de bienes, dentro del proceso de divorcio seguido por Primitivo Terceros López contra Honorina Morales Carvajal, rechazó la reposición bajo alternativa de apelación, en virtud al art. 50 del Código Procesal Civil (CPC), en razón de que los accionantes no son parte en el referido proceso; y, b) De considerar que tal recurso de reposición, habría sido indebidamente rechazado, y tenían la posibilidad de plantear la compulsa y respecto a resguardar los bienes que alegan ser de su propiedad, también tenían la posibilidad de interponer tercería de dominio excluyente.