AUTO CONSTITUCIONAL 0033/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0033/2016-RCA

Fecha: 17-Feb-2016

I.4. Resolución de la Jueza de garantías

La Jueza Primera de Partido de Familia, Niñez y Adolescencia de Quillacollo del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, por decreto de 2 de diciembre de 2015 (fs. 18), determinó que el accionante en el plazo de tres días, observe lo dispuesto por el art. 33.8 del Código Procesal Constitucional (CPCo) y señale con precisión cuál la tutela que se solicita para restablecer los derechos o garantías que se consideran restringidos, suprimidos, amenazados o vulnerados; asimismo, precisar qué medidas cautelares solicita.