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    AUTO CONSTITUCIONAL 0034/2016-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0034/2016-RCA

    Fecha: 17-Feb-2016

    acción de amparo constitucional

    En revisión la Resolución 01/2016 de 19 de enero, cursante de fs. 188 a 190 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Elsa Vásquez Condori contra Pablo Jorge Heredia Rodríguez, Oscar Heredia Checa, Simón Flores Veliz, Juan Carlos Gutiérrez Apaza y Marco Antonio Zeballos Apaza, Presidente y Vocales miembros del proceso de Convocatoria para provisión de cargos de la Caja Nacional de Salud (CNS) Regional Oruro.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • Fragmento 5
    • I.
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir
    • en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de conocido el hecho
    • II.2.  De los requisitos de admisión de la acción de amparo constitucional
    • requisitos formales
    • II.3.  El petitorio en la acción de amparo constitucional
    • por no presentada
    • la única relación de los hechos no es suficiente para fundamentar o precisar de qué manera éstos fueron vulnerados, suprimidos o restringidos
    • CONFIRMAR

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