Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
El suscrito Magistrado emite el presente Voto Disidente a la SCP 0289/2016-S1, bajo los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:
Fecha: 01-Feb-2016
2° CONCEDER
2° CONCEDER la tutela provisional en relación al derecho a la dignidad del accionante por tratarse de una persona de tercera edad, hasta tanto se resuelva el cumplimiento del deber de asistir a las reuniones de la comunidad Jila Huta Manasaya del municipio de Curahuara de Carangas de la provincia Sajama del departamento de Oruro, en los términos expuestos precedentemente; y ,
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- Respecto a la función de los derechos fundamentales y su protección mediante la acción de amparo constitucional en el Estado Plurinacional Comunitario,
- En cuanto a los derechos fundamentales colectivos de las naciones y pueblos indígena originario campesinos,
- En relación al ejercicio de la jurisdicción indígena originaria campesina y el respeto a los derechos fundamentales,
- Finalmente, en el análisis del caso concreto, debió precisar en el siguiente sentido:
- 2° CONCEDER
- 4° Disponer