Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2016
Fecha: 01-Feb-2016
II.4.
II.4. Mediante el Auto Final 006/2013 de 7 de noviembre, dictado por el Juez Sumariante del Cuarto Distrito Naval “Titicaca” de la Armada Boliviana dentro del sumario informativo militar, instaurado para investigar y esclarecer, las causales y circunstancias de la desaparición del “ALF. CGON” Em Manuel Cussi Suxo, alumno del XXXI curso de Buceo Táctico Militar ocurrido en el estrecho de Tiquina, la autoridad judicial militar, resolvió el procesamiento para unos y sanciones disciplinarias para otros (fs. 23 a 27).
- los delitos cometido por miembros de las Fuerzas Armadas en actos de servicio o en ocasión de él, dentro o fuera de los cuarteles, campamentos, zonas militares
- I.2. Alegaciones del Juez Mixto de Instrucción, Liquidador y cautelar de de Copacabana del departamento de La Paz
- Fragmento 3
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Competencia del Tribunal Constitucional Plurinacional para conocer conflictos de competencias entre jurisdicción ordinaria y jurisdicción penal militar
- III.2. Configuración de la jurisdicción penal militar en el bloque de constitucionalidad
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- III.3. La jurisdicción ordinaria se constituye en la regla respecto a la jurisdicción penal militar que se constituye en la excepción
- Fragmento 13
- III.4. La educación y la instrucción para el cumplimiento de las finalidades de las Fuerzas Armadas
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- en caso de duda sobre la jurisdicción aplicable, por razones de concurrencia o conexitud entre la jurisdicción especial y la ordinaria, corresponderá el conocimiento de los delitos a la ordinaria’
- COMPETENTE