Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0026/2016-S2
Fecha: 01-Feb-2016
II.8.
II.8. El 24 de agosto de 2015, el Jefe Departamental de Trabajo a.i. de Tarija, emitió la Conminatoria J.D.T.T. 234/15, por la que, conminó a Marco Antonio Baldiviezo Rocha, Gerente General a.i. del SETAR, a la restitución a su puesto de trabajo a Felicidad Silvia Gallardo Llanos en las mismas condiciones anteriores a su cambio y derechos que por ley le corresponden, en cumplimiento a lo establecido en la Constitución Política del Estado y normativa social, dentro del plazo de 5 días a partir de la notificación con la presente Conminatoria, ante el incumplimiento se elevará la denuncia ante el Juzgado laboral, con las correspondientes sanciones, multas en Bs. de 1000 a 10 000.- (fs. 9 a 10).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- concedió
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- En todo caso, tanto el empleador como los trabajadores, si consideran que la conminatoria de reincorporación es incorrecta, tienen los mecanismos de la instancia administrativa (SCP 0591/2012) y ordinaria a través de la judicatura laboral, para impugnar la decisión asumida por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social’
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo