Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2016-S2
Fecha: 01-Feb-2016
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Alega vulneración de su derecho al debido proceso, por la inobservancia de parte de Tatiana Mónica Sejas Condori, Directora General Ejecutiva de ZOFRACOBIJA, toda vez que, informó que tenía una hija menor de dos años y además que su cónyuge se encontraba en estado de gestación, quebrantando su derecho a la estabilidad laboral, en condiciones equitativas y satisfactorias; citando al efecto los arts. 2, 5, 8.II, 46.2.I, 48.V y VI, de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Inamovilidad laboral de la madre en estado de gestación y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumplan un año de edad
- y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad.
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- CONFIRMAR en todo