SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2016-S2
Fecha: 01-Feb-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera que se vulneró su derecho al debido proceso, respecto a la inobservancia por parte de Tatiana Mónica Sejas Condori, Directora Ejecutiva de la Administración de la Aduana Comercial e Industrial de la Zona Franca de Cobija; toda vez que, al emitir el memorándum ZFC-DGE-RR.HH. 012/2015 de 31 de marzo, el impetrante de tutela dio a conocer a la entidad demandada que su persona es padre de una menor de dos años y además su cónyuge se encontraba en estado de gestación, aspecto que no fue tomado en cuenta por la demandada, vulnerando de esta manera su derecho a la estabilidad laboral e inamovilidad funcionaria, como así también el principio a la seguridad jurídica e igualdad de las partes.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Inamovilidad laboral de la madre en estado de gestación y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumplan un año de edad
- y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad.
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- CONFIRMAR en todo