SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2016-S2

Fecha: 01-Feb-2016

III.1. Inamovilidad laboral de la madre en estado de gestación y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumplan un año de edad

Sin duda la determinación tomada por parte de los empleadores, de despedir o prescindir de las funciones de la mujer trabajadora en estado de embarazo o del padre progenitor, indudablemente lesionan sus derechos al trabajo y al empleo, a la inamovilidad laboral e indirectamente los derechos fundamentales de la madre y del concebido o recién nacido.

En ese sentido el Tribunal Constitucional Plurinacional, tiene sentada jurisprudencia elemental para precautelar el derecho de las personas que puedan ser afectadas con la vulneración de inamovilidad laboral de la madre y padre progenitor, la SCP 1988/2012 de 12 de octubre, señala que: “…La SCP 0086/2012 de 16 de abril, emitida por el Tribunal Constitucional Plurinacional, al respecto ha establecido: 'Del nuevo orden constitucional, se infiere su particularidad de disciplinar políticas a favor de sectores vulnerables que necesitan de una protección reforzada por parte del Estado, que debe procurar la validez plena y efectiva de sus derechos; es así que, como valores estructurales del Estado Plurinacional de Bolivia, la «igualdad» y la «justicia» sustentan la matriz axiológica a partir de la cual el constituyente boliviano diseñó políticas afirmativas a favor de la mujer trabajadora en estado de gestación y lactancia, como de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumplan un año de edad.