Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2016-S2
Fecha: 01-Feb-2016
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Wilfredo Párraga Rodríguez, por la presunta comisión del delito de violación en grado de tentativa, el nombrado imputado mediante memorial presentado el 17 de abril 2015, solicitó la cesación a su detención preventiva, señalando que se encuentra detenido preventivamente cinco años, ocho meses y cuatro días (fs. 2 a 4).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. El principio de celeridad en la administración de justicia
- III.3. La celeridad en las actuaciones vinculadas con la libertad personal y el hábeas corpus de pronto despacho
- III.4. La solicitud de cesación de detención preventiva prevista por el art. 239 del CPP, está regida por el principio de celeridad procesal
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo